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S698-Policia Local. Licencia Animales Potencialmente Peligrosos.

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S698-Policia Local. Licencia Animales Potencialmente Peligrosos.

Licencia de animales potencialmente peligrosos

Solicitar la autorización para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. 

Son potencialmente peligrosos los siguientes animales:

a) Perros (con más de 3 meses de edad) de las siguientes razas: 

  • American Pit Bull Terrier
  • American Staffordshire Terrier
  • Akita Inu
  • Bullmastif
  • Bull Terrier
  • Doberman
  • Dogo Argentino
  • Dogo de Burdeos
  • Fila Brasileño
  • Mastín Napolitano
  • Perro de presa canario
  • Perro de presa mallorquín
  • Rottweiler
  • Staffordshire Bull Terrier
  • Tosa Inu

b) Perros que sean cruce de las anteriores razas entre sí, o con otras razas, obteniendo una tipología similar a alguna de estas razas, asi como aquellos cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las que figuran en el Anexo II del Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo, que desarrolla la Ley 50/99, del Régimen Jurídico de Animales Potencialmente Peligrosos, salvo las excepciones referentes a perros guía o de asistencia, conforme condiciones establecidas en el citado RD.

c) Perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales. La potencial peligrosidad habrá de ser apreciada por la autoridad competente, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la autoridad competente autonómica o municipal.

d) Animales de la fauna salvaje:

  • Clase de los reptiles: todos los cocodrilos, caimanes y ofidios venenosos, y del resto todos los que superen los 2 kilogramos de peso actual o adulto.
  • Artrópodos y peces: aquellos cuya inoculación de veneno precise de hospitalización del agredido, siendo el agredido una persona no alérgica al tóxico.
  • Mamíferos: aquellos que superen los 10 kilogramos en estado adulto.

Requisitos

  • Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.
  • Estar empadronado en Moncada.
  • No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Documentación a aportar

  • Modelo de solicitud (en caso de presentación presencial).
  • Certificado de aptitud física y psicológica
  • Fotografía tamaño carné
  • Inscripción del animal en RIVIA
  • Cartilla sanitaria actualizada
  • Justificante del pago de la tasa
  • Seguro de responsabilidad civil: por daños que puedan ser causados por sus animales por una cuantía mínima de 120.000 €

documentación en poder de otra administración

  • Certificado de antecedentes penales

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Telemáticamente

El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moncada (sede.moncada.es), utilizando los modelos normalizados.

Presencial

El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se puede consultar el horario de la OAC en www.moncada.es.

El modelo normalizado de solicitud se encuentra en el apartado DOCUMENTACIÓN.

formas de pago

Más información en el siguiente enlace:
 

http://www.moncada.es/es/page/pagos-telematicos

Normativa

  • Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Protección de los Animales de Compañía, en su redacción dada por Ley 12/2009.
  • Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
  • Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo por el que se desarrolla la Ley 50/1999.
  • Decreto 145/2000, de 26 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula en la Comunidad Valenciana la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
  • Ordenanza

Efectos del silencio

Negativo

Plazo de resolución

3 meses

Fin de la vÍa administrativa

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE MONCADA - P4617300A
Major, 63
46113 Moncada València
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