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S084-Policia Local.Comunicación de quema.

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S084-Policia Local.Comunicación de quema.

Comunicación de quema

Comunicación a los Servicios Técnicos Agrícolas Municipales para poder realizar quemas de rastrojos en el campo durante periodos determinados y según condiciones que vienen recogidas en la misma instancia. Lo puede solicitar el propietario de la finca o bien la persona que vaya a realizar la quema. 

La normativa establece la prohibición de la quema de rastrojos o de otras superficies y restos para labores agrarias en los terrenos colindantes o con una proximidad con el monte inferior a 500 metros, durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y 30 de septiembre y el periodo comprendido entre el Jueves Santo y el lunes inmediatamente siguiente al lunes de Pascua, conocido tradicionalmente como Lunes de San Vicente, ambos inclusive. Excepcionalmente, podrán autorizarse estas quemas en la forma que reglamentariamente se determine.

Las acciones o actividades entre otras que, aun estando restringidas, podrán realizarse previa autorización son las siguientes:

  • La quema de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales fuera del periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
     
  • La quema de cañares, cañizales o matorrales ligada a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo fuera del periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.

Requisitos

  • Cumplir la normativa vigente de Medio Ambiente
  • Que la propiedad resida en el término de Moncada

Documentación a aportar

  • Modelo de solicitud (en caso de presentación presencial).
  • DNI del solicitante o representante legal

Formas de presentación

Telemáticamente

El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moncada (www.moncada.es), utilizando los modelos normalizados existentes en carpeta ciudadana.

Presencial

El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se puede consultar el horario de la OAC en www.moncada.es.

El modelo normalizado de solicitud se encuentra en el apartado DOCUMENTACIÓN.

Normativa

  • Orden de 30 de marzo de 1994, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se regulan las medidas generales para la prevención de incendios forestales.
  • Real Decreto 1777/1979, de 22 de junio, del Ministerio de Agricultura, para declaración de zona de peligro de incendios forestales en Galicia, País Valenciano y Baleares.
  • Ley 3/1993, de 9 de Diciembre, de la Generalitat Valenciana, Forestal de la Comunidad Valenciana.

Efectos del silencio

Negativo

Plazo de resolución

3 meses

Fin de la vÍa administrativa

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE MONCADA - P4617300A
Major, 63
46113 Moncada València
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